Coincidiendo con el 32 cumpleaños de la Constitución Española, vivimos por primera vez en la historia de la democracia la declaración de un Estado de alarma
¿Qué es el estado de alarma? El Estado de alarma es un régimen excepcional que se declara para asegurar el restablecimiento de la normalidad de los poderes en una sociedad democrática.
Procedimiento para declarar el Estado de alarma: Según el artículo 116.2 de la Constitución Española: " El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración"
¿Qué hechos han provocado esta situación? El cierre del espacio aéreo español durante uno de los puentes más importantes en España, consecuencia del abandono del puesto de trabajo de la mayoría de los controladores aéreos.
Consecuencias: No sólo miles de personas, que habían elegido este puente para viajar, han perdido sus días de descanso, sino que ya se puede cifrar en euros la pérdida económica que ha supuesto esta huelga encubierta: más de 300 millones de euros perderán aerolíneas, hoteleras y sector turístico. Muchas compañías aéreas internacionales han tenido que reprogramar sus vuelos y esquivar el espacio aéreo español, por lo que al caos económico y personal podemos añadir una mala imagen de España hacia el exterior.

Para que una huelga sea legal, tiene que cumplir:
- Declaración de la huelga acordadada por los trabajadores, a través de sus representantes o por los propios trabajadorse del centro cuando el 25% de la plantilla así lo decida.
- Comunicación al empresario/s afectado/s y a la autoridad laboral por los representantes de los trabajadores de oficio, por escrito y notificada con cinco días naturales de antelación
- Cuando la huelga afecte a empresas encargadas de cualquier clase de servicios públicos, el preaviso habrá de ser, al menos, de diez días naturales.
- Habrá de establecerse servicios mínimos así como un comité de huelga
La quinta parte del colectivo de controladores ha sido expedientado, lo cual puede tener una de las siguientes consecuencias: archivo, suspensión de empleo y sueldo o despido disciplinario.
Esperemos que la situación se normalice cuanto antes y las personas que han provocado este caos asuman sus responsabilidades.
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